Noticia: Sentencia que rechaza prescripción y obliga a Wizink a devolver todos los intereses

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En una sentencia de gran relevancia dictada el 28 de enero de 2026, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha dado la razón a nuestro despacho frente a Wizink Bank. El Tribunal no solo confirma la nulidad del contrato de tarjeta revolving por falta de transparencia, sino que revoca la limitación temporal que había impuesto el juzgado de primera instancia, obligando al banco a restituir la totalidad de las cantidades indebidamente cobradas sin que se pueda aplicar la prescripción.

La sentencia aplica de forma contundente la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), estableciendo que el plazo para reclamar (prescripción) no puede empezar a contar hasta que el consumidor tiene conocimiento real de que la cláusula es abusiva (es decir, con la sentencia que declara la nulidad). De este modo, se rechaza la pretensión del banco de limitar la devolución a los últimos 5 años.

Este fallo condena a Wizink a devolver a nuestro cliente todos los importes (intereses, comisiones y seguro) que excedan del capital prestado desde el inicio del contrato en 2014, imponiendo además las costas de la primera instancia a la entidad. Es un precedente clave para defender que la acción de restitución en casos de nulidad abusiva es, en la práctica, imprescriptible para el consumidor medio.