Noticia: Sentencia que declara la nulidad de una tarjeta revolving de Wizink por falta de transparencia y abusividad

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La Audiencia Provincial de Huesca ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por Wizink Bank, revocando la nulidad por usura que había declarado el juzgado de primera instancia, pero confirmando la nulidad del contrato por falta de transparencia y abusividad de las condiciones.

En este caso, se analizó un contrato de tarjeta de crédito tipo revolving suscrito en mayo de 2013. Si bien el tipo de interés no superaba el umbral de usura según el criterio de los 6 puntos porcentuales por encima del tipo medio, la Sala sí consideró que el contrato no superaba los controles de inclusión y transparencia.

Entre otras deficiencias, el tribunal destacó que el consumidor no recibió información precontractual suficiente, que el contrato no explicaba con claridad las consecuencias económicas del sistema revolving, ni la capitalización de intereses (anatocismo), y que el clausulado se presentó de forma dispersa y poco comprensible. Además, se constató que la modalidad de amortización “cuota fácil” implicaba el riesgo de sobreendeudamiento sin que el consumidor pudiera preverlo con claridad.

En consecuencia, la Sala declaró la nulidad del contrato por abusividad y falta de transparencia, y condenó a Wizink Bank a restituir al cliente todas las cantidades abonadas que excedan del capital efectivamente dispuesto, más los intereses legales correspondientes desde la interposición de la demanda. Se impusieron las costas de la primera instancia a la entidad financiera, sin pronunciamiento sobre las costas de apelación.