El Juzgado de Primera Instancia de Fraga ha estimado la demanda presentada por nuestra clienta contra Ibercaja Banco S.A., declarando la nulidad por abusiva de la cláusula quinta del contrato de préstamo hipotecario suscrito en 2004, relativa a los gastos notariales y registrales.
La entidad financiera, tras ser emplazada, se allanó a las pretensiones de la demanda, reconociendo la abusividad de la cláusula. A pesar de este allanamiento, el juzgado ha impuesto las costas del procedimiento a Ibercaja, al considerar que hubo una reclamación extrajudicial previa por parte de la consumidora que no fue atendida, y que fue necesaria la vía judicial para obtener una respuesta efectiva.
La sentencia reconoce el derecho de la demandante a recuperar las cantidades indebidamente pagadas en aplicación de la cláusula anulada, más los intereses legales desde el pago hasta la sentencia y con incremento posterior hasta el abono completo.
Este fallo reitera el criterio de los tribunales en defensa de los consumidores frente a cláusulas abusivas en contratos de préstamo con garantía hipotecaria.